domingo, 7 de marzo de 2010

Definicion de Consecion Administrativa

INTRODUCCION

El concepto de Concesión no tiene un significado definido en nuestra ley, sin embargo, debemos tomar en cuenta que la administración pública cumple con sus diversas actividades por medio de diversos mecanismos; citare algunos autores que definen el concepto de concesión.

Derecho Público de Emilio Fernández Vázquez el que cita "Acto administrativo de concesión es aquel por medio del cual la administración en virtud de facultades o atribuciones derivadas del ordenamiento jurídico confiere a una persona un derecho o un poder que antes no poseía; o también un acto de derecho público que confiere a una persona un derecho o un poder de que antes carecía, mediante la transmisión a ella de un derecho o del ejercicio de un poder propio de la administración."

Gabino Fraga, también considera "La concesión administrativa es el acto por el cual se concede a un particular el manejo y explotación de un servicio público o la explotación y aprovechamiento de bienes del dominio del Estado. "

Roberto Báez Martínez manifiesta: "La concesión es un acto administrativo discrecional por medio del cual la administración pública federal confiere una coordinación o poder jurídico a una persona para ejercer ciertas prerrogativas públicas con determinadas obligaciones y derechos para la explotación de un servicio público, de bienes del Estado o los privilegios exclusivos que comprende la propiedad industrial.

2 comentarios:

  1. Para nosotras la definición de concesión administrativo quedaría así:
    La concesión administrativa es el acto jurídico de Derecho Público mediante el cual la autoridad fundado en Derecho, otorga en un plazo determinado, a un particular la facultad de explotar bienes, o desarrollar actividades propias de la administración pública, mediante una remuneración directa por parte de los usuarios mediante diversos sistemas debidamente reglamentados por la autoridad concedente.

    ResponderEliminar
  2. Hola Buenas Noches!! estube investigando un poco mas sobre su tema y tomando como fundamento el concepto ya vertido anteriormente, pondre una definición del vocablo concesión administrativa, la cual resulta ser un acto administrativo discrecional y por medio del cual la administración pública confiere una coordinación o poder juridico a una persona de Derecho Privado, sea esta fisica o moral, para ejercer ciertas prerrogativas de carácter público, con determinadas obligaciones y derechos para la explotación de un servicio público o explotar los bienes del estado.

    Publicado por Monica Broca.

    ResponderEliminar